Curso

“DECLARACIONES JURADAS

OPERACIÓN RENTA AT 2025”

Inicio

04/12/2024

Duración

04 y 05 de Diciembre.

15:00 a 19:00 hrs

Modalidad

On-Line

Valor

$150.000

Programa

Análisis de las principales Declaraciones juradas:

  • DJ 1835 Declaración Jurada anual sobre bienes raíces arrendados, con cambios.
  • DJ 1879 Declaración Jurada anual sobre retenciones efectuadas conforme a los Arts. 42° N° 2 y 48° de la LIR.
  • DJ 1887 Declaración Jurada anual sobre rentas del Art. 42 Nº 1 (sueldos), otros componentes de la remuneración y retenciones del impuesto único de segunda categoría de la Ley de la Renta, con cambios.
  • DJ 1837 Declaración Jurada Anual sobre Créditos y PPM puestos a disposición de los Socios.
  • DJ 1847 Declaración Jurada sobre balance de 8 columnas y otros antecedentes.
  • DJ 1907 Declaración Jurada Anual sobre Precios de Transferencia.
  • DJ 1909 Declaración Jurada Anual sobre Desembolsos y Otras Partidas o Cantidades a que se refiere el inciso tercero del Art. 21 de la LIR.
  • DJ 1913 Declaración Jurada Anual de Caracterización Tributaria Global.
  • DJ 1926 Declaración Jurada anual sobre Base Imponible de Primera Categoría y Datos Contables Balance.
  • DJ 1929 Declaración Jurada anual sobre operaciones en el exterior.
  • DJ 1930 Declaración Jurada anual sobre endeudamiento con el exterior.
  • DJ 1943 Declaración Jurada Anual de contribuyentes acogidos a las normas de los artículos 14 letra C) N° 1 (Contabilidad Simplificada, planillas y contratos), 14 letra C) N° 2 y 34 (Renta presunta), de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • DJ 1946 Declaración Jurada Anual sobre operaciones en Chile.
  • DJ 1947 Base Imponible de Primera Categoría contribuyentes acogidos al Régimen Pro-pyme transparente.
  • DJ 1948 Declaración Jurada anual sobre retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al régimen de la letra A) y al número 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, y sobre saldo de retiros en exceso pendientes de imputación.
  • DJ 1950 Declaración Jurada anual sobre Archivo Maestro.
  • DJ 1951 Declaración Jurada anual sobre Archivo Local.
  • DJ 1952 Declaración Jurada Anual sobre Trust.
  • DJ 1956   Donaciones informadas a los ministerios. 

Declaraciones juradas modificadas

  • Reemplazo del formato, contenido e instrucciones declaraciones juradas.
  • Modificaciones resoluciones.
  • Reemplazo y/o modificación de certificados.

Ejercicios

  • Ejercicios prácticos artículo 14 A Régimen General y relación con sus declaraciones juradas.
  • Ejercicios prácticos artículo 14 D N° 3 y N° 8 y relación con sus declaraciones juradas.
  • Ejercicios prácticos Régimen renta presunta DJ 1943.
  • Ejercicios DJ 1835 y 1887.

 

Informacion del curso

El objetivo de este curso es dar a conocer todas las novedades tributarias de las declaraciones juradas AT 2025, especialmente sus modificaciones y vencimientos. Finalmente, analizaremos y explicaremos las principales declaraciones juradas a través de casos prácticos.

EL 12 de septiembre de 2024 el SII emitió la Resolución Exenta N° 91 con las fechas de las declaraciones juradas correspondiente al año tributario 2025. Luego, con fecha 30 de agosto de 2024 emitió las Resoluciones Exentas números 84, 85, 86 y 87, reemplazando formato, contenido e instrucciones de las siguientes declaraciones juradas:

  1. Declaración jurada N° 1913 sobre caracterización tributaria global.
  2. Declaración jurada N° 1922 sobre fondos de terceros presentadas por administración de fondos de inversión público, fondos mutuos, etc.
  3. Declaración jurada N° 1948 sobre retiros, dividendos y créditos.
  4. Declaración jurada N° 1949 sobre dividendos distribuidos y créditos por acciones en custodia.
  5. Declaración jurada N° 1835 sobre bienes arrendados.

Declaración jurada N° 1943 sobre la asignación de la renta a tributar con impuestos finales y créditos, correspondiente a propietarios de contribuyentes acogidos a contabilidad simplificada según las disposiciones de los artículos 14 letra B) N° 1 y renta presunta 14 letra B) N° 2 de la Ley de Impuesto a la Renta”, así como sus correspondientes instrucciones de llenado, por el formato y las instrucciones que se contienen en los Anexos N° 1 y 2 de la presente resolución.

 

Profesionales del área tributaria y contable, principalmente a Contadores, Contadores Auditores, Ingenieros Comerciales y, en general, a todos los profesionales que tengan interés en conocer, aprender y aplicar esta normativa en sus respectivas actividades profesionales.

Miércoles 04 y jueves 05 de diciembre de 2024.

Horario: 15:00 a 19:00 horas.

Vía plataforma virtual interactiva Zoom.

 Directamente al correo electronico contacto@idet.cl

O directamente al WhatsApp +56 9 2077 3677

$ 150.000.-
Alumnos IDET con membresía anual, 50% de descuento.
Alumnos IDET con membresía semestral, 25% de descuento.

-Tarjeta de Crédito 3 cuotas precio contado
-Transferencia electrónica

Jaime Astorga M.

Contador Auditor e Ingeniero en Control de Gestión de la Universidad Arturo Prat, Magíster en Tributación de la Universidad de Chile, cuenta con más de 15 años en experiencia profesional y en estos años se ha desempeñado en la industria Minera y de Transportes. Se ha especializado en impuestos indirectos y cumplimiento tributario. Experiencia académica universitaria, relator de cursos tributarios y profesor en materias contables y tributarias en Universidad Arturo Prat y Andrés Bello. Socio en Larson Tax & Legal.

Sergio Lagos G.

Contador Público y Auditor de la Universidad de La Serena, Diplomado en Gestión Tributaria. Se enfoca de manera íntegra en las áreas Tributaria, Finanzas y Contabilidad. Es Supervisor Tributario en la empresa Larson Abogados y Auditores Tributarios; con experiencia previa como Senior en Deloitte área Business Process Solutions y como staff tributario en KPMG. Además, es relator y profesor de los cursos activo fijo tributario para pymes y capital propio tributario.

Paga Aquí Tu Curso $150.000

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Mesa Tributaria Semestral $112.500 (25% de Descuento)

Mesa Tributaria Anual $75.000 (50% de Descuento)

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Atención de 09:00 – 18:00 hr.

Para mayor información escribirnos al siguiente número y Laura Campos Suárez le atenderá.

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Curso

TALLER PRÁCTICO DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

Inicio

22/07/2024

Duración

22, 23 y 24 de Julio.

14:00 a 18:00 hrs.

Modalidad

On-Line

Valor

$315.000

Programa

  1. NORMAS SOBRE TERRITORIALIDAD QUE PROVOCAN LA DOBLE TRIBUTACION INTERNACIONAL
    • Conceptos de Domicilio y Residente.
    • Requisitos para la pérdida del domicilio en Chile.
    • Conceptos de rentas de fuente chilena y de fuente extranjera. 

  1. TASAS DE RETENCIÓN DE IMPUESTO ADICIONAL A LAS REMESAS ENVIADAS A PAISES SIN Y CON CONVENIO DE DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL (DTI)
    • En el caso de agencias, sucursales o establecimientos permanentes en Chile.
    • Distribuciones de dividendos de sociedades anónimas y sociedad por acciones (SpA)
    • Royalties y regalías por el uso de marcas, patentes y fórmulas.
    • Regalías por el uso de programas computacionales.
    • Intereses por endeudamiento en el exterior.
    • Remuneraciones por servicios prestados en el extranjero.
    • Remuneraciones por trabajos de ingeniería, asesorías técnicas y servicios profesionales.
    • Primas de seguros, fletes marítimos y arrendamiento de naves.
    • Arrendamiento de bienes de capital, con o sin opción de compra.
    • Otras rentas de fuente chilena, tales como Retiros efectuados desde sociedades de personas; arrendamiento de bienes raíces; rentas presuntas.

 

  1. NORMAS UNILATERALES PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION INTERNACIONAL EN EL CASO DE PAÍSES CON LOS CUALES NO EXISTE CONVENIO DTI
    • Tipos de rentas cubiertas por estas normas.
    • Cálculo del crédito y tope del crédito por impuestos extranjeros (IPE)
    • Uso del crédito contra impuesto de 1ª Categoría y/o contra impuestos finales.
    • Situación de los remanente o excesos de créditos.

 

  1. NORMAS BILATERALES EN EL CASO DE PAÍSES CON CONVENIO DTI
    • Tipos de rentas cubiertas por estas normas.
    • Casos en que ambos países tienen facultad para cobrar impuestos.
    • Casos en que solo uno de los países tiene facultad para cobrar impuestos.
    • Principio de la “residencia” o de la “fuente”
    • Acreditación de la “residencia” y de los impuestos pagados.
    • Análisis en detalle de las normas del nuevo tratado de Doble Tributación con EE.UU.

 

  1. DETERMINACIÓN DEL CREDITO IPE Y SU IMPUTACIÓN CONTRA IMPUESTOS DE 1ª CATEGORÍA E IMPUESTOS FINALES
    • En el caso de empresas de 1ª Categoría.
    • En el caso de rentas pasivas.
    • Tope individual y tope global del crédito IPE.
    • Incremento de la base imponible de 1ª Categoría por crédito IPE.
    • Crédito IPE imputable al Impuesto de 1ª Categoría y parte que se registra en el SAC.
    • Determinación del crédito de 1ª Categoría cuando un Retiro o Dividendo tiene derecho también al crédito IPE.
    • Crédito IPE en el caso de sueldos afectos al Impuesto Único de 2ª Categoría.
    • Crédito IPE en el caso de honorarios afectos al Impuesto Global Complementario.

 

  1. DESARROLLO DE CASOS PRÁCTICOS

Informacion del curso

  • Precisar los conceptos de “domicilio”, “residencia” y “fuente de la renta”.
  • Alcances de los conceptos “establecimiento permanente” y “beneficios empresariales”.
  • Tasas de retención del Impuesto Adicional en el caso de países con y sin convenio DTI.
  • Determinación del crédito por impuestos pagados en el exterior (IPE).
  • Imputación del crédito IPE en el caso de personas naturales y jurídicas.
  • Reconocimiento del crédito IPE en el Registro de Rentas Empresariales.
  • Análisis detallado de las normas del nuevo tratado de Doble Tributación Internacional con EE.UU.

Desarrollo teórico y conceptual de las materias tratadas, acompañado del desarrollo de ejercicios prácticos.

Contadores, Auditores, Abogados, Ingenieros Comerciales y ejecutivos con responsabilidad en el área de las inversiones en el exterior.

Lunes 22, martes 23  y miércoles 24  de julio 2024
Horario: 14:00 a 18:00 horas.
Vía plataforma virtual interactiva Zoom.

 Directamente al correo electronico contacto@idet.cl

O directamente al WhatsApp +56 9 2077 3677

$ 315.000.-
Alumnos IDET con membresía anual, 50% de descuento.
Alumnos IDET con membresía semestral, 25% de descuento.

-Tarjeta de Crédito 3 cuotas precio contado
-Transferencia electrónica

Leonel González Silva

Contador y Auditor tributario. Consultor y asesor de empresas. Socio de Editorial CEPET y CEPET System

Paga Aquí Tu Curso $315.000

Si ya eres Alumno de Nuestras Mesas Tributarias Elige según tu plan

Mesa Tributaria Semestral $236.250 (25% de Descuento)

Mesa Tributaria Anual $157.500 (50% de Descuento)

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