Curso

TALLER PRÁCTICO DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

Inicio

22/07/2024

Duración

22, 23 y 24 de Julio.

14:00 a 18:00 hrs.

Modalidad

On-Line

Valor

$315.000

Programa

  1. NORMAS SOBRE TERRITORIALIDAD QUE PROVOCAN LA DOBLE TRIBUTACION INTERNACIONAL
    • Conceptos de Domicilio y Residente.
    • Requisitos para la pérdida del domicilio en Chile.
    • Conceptos de rentas de fuente chilena y de fuente extranjera. 

  1. TASAS DE RETENCIÓN DE IMPUESTO ADICIONAL A LAS REMESAS ENVIADAS A PAISES SIN Y CON CONVENIO DE DOBLE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL (DTI)
    • En el caso de agencias, sucursales o establecimientos permanentes en Chile.
    • Distribuciones de dividendos de sociedades anónimas y sociedad por acciones (SpA)
    • Royalties y regalías por el uso de marcas, patentes y fórmulas.
    • Regalías por el uso de programas computacionales.
    • Intereses por endeudamiento en el exterior.
    • Remuneraciones por servicios prestados en el extranjero.
    • Remuneraciones por trabajos de ingeniería, asesorías técnicas y servicios profesionales.
    • Primas de seguros, fletes marítimos y arrendamiento de naves.
    • Arrendamiento de bienes de capital, con o sin opción de compra.
    • Otras rentas de fuente chilena, tales como Retiros efectuados desde sociedades de personas; arrendamiento de bienes raíces; rentas presuntas.

 

  1. NORMAS UNILATERALES PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACION INTERNACIONAL EN EL CASO DE PAÍSES CON LOS CUALES NO EXISTE CONVENIO DTI
    • Tipos de rentas cubiertas por estas normas.
    • Cálculo del crédito y tope del crédito por impuestos extranjeros (IPE)
    • Uso del crédito contra impuesto de 1ª Categoría y/o contra impuestos finales.
    • Situación de los remanente o excesos de créditos.

 

  1. NORMAS BILATERALES EN EL CASO DE PAÍSES CON CONVENIO DTI
    • Tipos de rentas cubiertas por estas normas.
    • Casos en que ambos países tienen facultad para cobrar impuestos.
    • Casos en que solo uno de los países tiene facultad para cobrar impuestos.
    • Principio de la “residencia” o de la “fuente”
    • Acreditación de la “residencia” y de los impuestos pagados.
    • Análisis en detalle de las normas del nuevo tratado de Doble Tributación con EE.UU.

 

  1. DETERMINACIÓN DEL CREDITO IPE Y SU IMPUTACIÓN CONTRA IMPUESTOS DE 1ª CATEGORÍA E IMPUESTOS FINALES
    • En el caso de empresas de 1ª Categoría.
    • En el caso de rentas pasivas.
    • Tope individual y tope global del crédito IPE.
    • Incremento de la base imponible de 1ª Categoría por crédito IPE.
    • Crédito IPE imputable al Impuesto de 1ª Categoría y parte que se registra en el SAC.
    • Determinación del crédito de 1ª Categoría cuando un Retiro o Dividendo tiene derecho también al crédito IPE.
    • Crédito IPE en el caso de sueldos afectos al Impuesto Único de 2ª Categoría.
    • Crédito IPE en el caso de honorarios afectos al Impuesto Global Complementario.

 

  1. DESARROLLO DE CASOS PRÁCTICOS

Informacion del curso

  • Precisar los conceptos de “domicilio”, “residencia” y “fuente de la renta”.
  • Alcances de los conceptos “establecimiento permanente” y “beneficios empresariales”.
  • Tasas de retención del Impuesto Adicional en el caso de países con y sin convenio DTI.
  • Determinación del crédito por impuestos pagados en el exterior (IPE).
  • Imputación del crédito IPE en el caso de personas naturales y jurídicas.
  • Reconocimiento del crédito IPE en el Registro de Rentas Empresariales.
  • Análisis detallado de las normas del nuevo tratado de Doble Tributación Internacional con EE.UU.

Desarrollo teórico y conceptual de las materias tratadas, acompañado del desarrollo de ejercicios prácticos.

Contadores, Auditores, Abogados, Ingenieros Comerciales y ejecutivos con responsabilidad en el área de las inversiones en el exterior.

Lunes 22, martes 23  y miércoles 24  de julio 2024
Horario: 14:00 a 18:00 horas.
Vía plataforma virtual interactiva Zoom.

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Leonel González Silva

Contador y Auditor tributario. Consultor y asesor de empresas. Socio de Editorial CEPET y CEPET System

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